Presentación del Modelo 347 con Microsoft Dynamics Nav y SIGI

El día 28 de Febrero finaliza el periodo de presentación del Modelo 347 sobre la declaración anual informativa de operaciones con terceras personas de la Agencia Tributaria. Como novedad se incorpora un nuevo campo de identificación para consignar el NIF-IVA en el caso de empresarios o profesionales establecidos en otro Estado miembro que carezcan de NIF.

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Debido a que la implementación de estos cambios afectan al tratamiento de los ficheros digitales es necesario actualizar esta funcionalidad en las distintas versiones de ERP’s. Siendo necesario realizar en cada instalación la adaptación necesaria.

Desde Izertis hemos adaptado nuestras soluciones tanto en Microsoft Dynamics NAV como en SIGI con funcionalidades que le permitirá cumplir con esta nueva obligación del modelo 347.

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¿Quién tiene Obligación de presentar el modelo?

  • Las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal así como determinadas entidades o emplazamientos de carácter social, por las adquisiciones en general de bienes o servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales.
  • Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información: de las operaciones por las que emitan factura, de las que reciban factura y por las que estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas.
  • Las Administraciones Públicas a través del cual deberán identificar a todas aquellas personas o entidades a quienes hayan concedido subvenciones o determinadas ayudas.

¿Qué contenido estamos obligados a presentar?

  • Las operaciones incluidas en el régimen especial del criterio de caja (RECC):

    • Los sujetos pasivos acogidos al RECC: los destinatarios de sus operaciones deberán incluir de forma separada los importes devengados durante el año conforme a la regla general del devengo; suministrarán toda la información que vengan obligados a relacionar en su declaración anual, sobre una base de cómputo anual.
    • Los sujetos pasivos acogidos al RECC así como los que sean destinatarios de las operaciones incluidas en el RECC, suministrarán toda la información que vengan obligados a relacionar en su declaración anual, sobre una base de cómputo anual.
  • Operaciones con inversión del sujeto pasivo

  • Operaciones con bienes vinculados o destinados a vincularse al régimen de depósito distinto del aduanero exentas del IVA

¿Cómo podemos ayudarle?

Debido a que la implementación de estos cambios afectan al tratamiento de los ficheros digitales es necesario actualizar esta funcionalidad en las distintas versiones de ERP’s. Siendo necesario realizar en cada instalación la adaptación necesaria.

Póngase en contacto con nuestro departamento de Consultoría y revisaremos sus implantaciones de Microsoft Dynamics NAV y/o SIGI para realizarle una propuesta y planificación personalizada lo antes posible.